Mostrando entradas con la etiqueta Otros documentos divulgativos del INSHT. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Otros documentos divulgativos del INSHT. Mostrar todas las entradas

martes, 1 de octubre de 2013

Estudio sobre riesgos laborales emergentes en el sector de la construcción

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ha publicado en septiembre de 2013 este Estudio sobre riesgos laborales emergentes en el sector de la construcción.

Este estudio identifica y analiza los riesgos laborales emergentes más relevantes en el sector de la construcción mediante el estudio de los cambios sociodemográficos, económicos, tecnológicos, científicos, normativos o naturales que se están produciendo en la actualidad (entendiendo estos cambios como agentes precursores de los riesgos emergentes), con el objeto de recopilar evidencias científicas y aportar datos e información reciente que revele la importancia que estos riesgos pueden tener en un escenario de futuro y promover, de este modo, la anticipación a dichos riesgos y la identificación de nuevas causas a los problemas persistentes para la seguridad y salud de los trabajadores del sector de la construcción.

Aborda los riesgos emergentes en estos cinco grupos:
  1. Empleo verde y gestión de residuos en la construcción
  2. Envejecimiento de la población activa en la construcción
  3. Combinación de factores de riesgos psicosocial y factores de riesgo físico en la construcción
  4. Nuevo conocimiento sobre las consecuencias de la exposición a agentes químicos en la construcción.
  5. Incremento de peligros naturales en la construcción: Radiación solar


miércoles, 9 de enero de 2013

Información sobre Equipos de Protección Individual

La página web del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo recoge los textos legales aplicables a los Equipos de Protección Individual así como enlaces a un Portal EPI y a Guías Técnicas relacionadas con el tema.

Por otro lado, si queremos saber qué legislación deberíamos aplicarle a los equipos de salvamento o bomberos, puede resultar de utilidad consultar el siguiente documento:

El empresario debe asegurar el cumplimiento de la LPRL y el RSP. Una forma de garantizar el cumplimiento de los requisitos de seguridad básicos establecidos en estos textos legales es mediante el cumplimiento de las especificaciones técnicas incluidas en las normas UNE-EN correspondientes.

El RD 773/1997 excluye en la definición de Equipo de protección individual, entre otros, los equipos de los servicios de socorro y salvamento.
Sin embargo, en el Anexo I, donde da una lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual,  incluye, por ejemplo, cascos para usos especiales como el fuego. La misma exclusión encontramos en el RD 1407/1992. 
Esta exclusión tendría sentido si hubiera una legislación específica para estas actividades.

Por otro lado, la LPRL en su art. 3.2. indica: 

"La presente Ley no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de:
  • Policía, seguridad y resguardo aduanero.
  • Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública.
  • Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil.
No obstante, esta Ley inspirará la normativa específica que se dicte para regular la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores que prestan sus servicios en las indicadas actividades."

Si nos fijamos, la LPRL no excluye estos ámbitos de forma genérica sino sólo en situaciones excepcionales, dejando la posibilidad de que en estas situaciones se adopten otras medidas diferentes a las especificadas con el fin de salvaguardar la seguridad y salud durante su ejecución. De cualquier modo, indica que estas medidas deberán estar inspiradas en la LPRL.

Si bien no hay una definición clara sobre la aplicación o no a este tipo de servicios especiales, una lectura que se puede hacer es que se les debería aplicar la legislación vigente, salvo que haya otra legislación específica que lo regule o situaciones excepcionales que requieran el uso de equipos específicos  que no se puedan regular por estos requisitos, si bien en cualquier caso deberán salvaguardar a la vida de los trabajadores.

jueves, 22 de noviembre de 2012

Prevención 10, para empresas de hasta 10 trabajadores

A través del siguiente enlace se puede acceder a esta página web que es un portal del INSHT de asesoramiento público para microempresas - menos de 10 empleados - en materia preventiva.

El portal contiene dos versiones del método de evaluación de riesgos, planificación y seguimiento de las actividades preventivas: evalua-t, que le proporciona una ayuda personalizada y requiere su identificación como usuario, y otra, anónima, a la que puede acceder a través de la opción "información sectorial".

Si accedes a Información Sectorial y pinchas en Formularios de evaluación, puedes acceder a formularios para la evaluación en diferentes tipos de actividad, donde se enumeran las posibles Fuentes de daño y los Riesgos que pueden derivarse de las mismas, así como una serie de medidas preventivas que deberíamos revisar para poder identificar si el riesgo existe o no. 

Este es un tipo de evaluación que a menudo se utiliza para poder simplificar la identificación de los riesgos a través de una lista de elementos que se nos definen para poder comprobar cómo están implantados y así determinar si existe riesgo o no.

Prevencion10.es

miércoles, 14 de noviembre de 2012

Otros Documentos divulgativos del INSHT sobre estrategias de Evaluación de riesgos laborales:


Cuando no hay métodos establecidos, puede resultar de utilidad consultar las Notas Técnicas de Prevención u otros documentos divulgativos publicados por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene que desarrollan estrategias en relación a gran cantidad de riesgos específicos.  De éstas, podríamos destacar en este Tema la NTP 330, que recoge un sistema simplificado de evaluación de riesgo de accidente, u otros documentos como: