viernes, 3 de agosto de 2018

Nueva denominación del Instituto Nacional: de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.

La Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 8 define que "El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas". En ese mismo artículo se definen sus funciones que se pueden resumir en: asesoramiento técnico, promoción y realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación, apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, colaboración con organismo internacionales. Aunque en la actualidad se puede acceder a su página web a través de cualquiera de las direcciones anteriores


es recomendable utilizar la actual, a la que se redirecciona desde las anteriores, por si más adelante dejaran de funcionar, igual que han modificado los enlaces a sus documentos con la nueva página web:


En julio de 2017, la disposición adicional undécima del Real Decreto 703/2017 estableció una nueva denominación para el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene que, a partir de ese momento, pasaba a llamarse:

Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, O.A., M.P.

Pero el 20 de julio de 2018 el Real Decreto 903/2018, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ha derogado el citado anterior RD y ha pasado a denominar a este Instituto como:

Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.


"Disposición adicional décima. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.

1. El Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, O.A., M.P. pasa a denominarse Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.


2. Las referencias que en normas legales o reglamentarias se realicen al Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, O.A., M.P. se entenderán efectuadas al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P."

No hay comentarios:

Publicar un comentario